La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) informó que el representante legal de Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo (UAEH) no atendió la cita para la audiencia relacionada con las operaciones sospechosas de lavado de dinero y se mantiene bloqueo a cuentas.
El 11 de abril de este año la UIF dictó un acuerdo por el que citó al representante legal de la UAEH para que compareciera en las instalaciones de esta Unidad el 25 de Abril y darle a conocer las razones y motivos que dieron origen a los acuerdos de bloqueo y, con ello, estuviera en condiciones de hacer valer su derecho de audiencia que le confiere la 73a. Disposición de Carácter General a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito.
El 12 de abril la UIF notificó personalmente el citado acuerdo al representante legal, por conducto de la persona autorizada por la Universidad en el domicilio señalado para esos efectos.
El representante legal no compareció el día y hora señalados para el desahogo de la garantía de audiencia.
Explicó la UIF que ante la petición pública que hizo el Rector de esa Universidad, el 29 de abril del año en curso, se desbloquearon las cuentas correspondientes al pago de nómina y becas de la Universidad con la finalidad de no afectar a los trabajadores ni a la comunidad estudiantil.
El bloqueo de cuentas se mantiene únicamente respecto de los fondos ligados al presunto lavado de dinero por posibles actos de corrupción, incluidos casos de conflictos de interés de personas físicas o morales.
Ante dicha situación el 04 de marzo de 2019, el Juez Segundo de Distrito en el Estado de Hidalgo negó la suspensión definitiva a la UAEH, mediante sentencia interlocutoria dictada en el incidente del juicio de amparo 231/2019-2, respecto del bloqueo de seis cuentas bancarias por las que solicitó amparo.
El juzgador federal determinó que las autoridades de la Universidad no han aportado elementos para acreditar que las cuentas bancarias por las que se solicitó el amparo son las que cuentan con recursos económicos para sufragar gastos, como sueldos o becas escolares.
Asimismo, el 2 de Mayo de este año, el Juez de Distrito en cita negó la modificación a la suspensión solicitada por la UAEH, por lo que dejó subsistente el bloqueo de las cuentas referidas.
Ante la petición formulada el 06 de Mayo de 2019, por el representante legal de la UAEH, la UIF acordó señalar las dieciocho horas del 16 de Mayo de 2019 para que el representante legal de esa institución, se presente al desahogo de la garantía de audiencia, donde podrá exponer las razones y motivos que a su Derecho convengan, así como ofrecer y presentar pruebas para desvirtuar la presunción de legalidad de los acuerdos de bloqueo.
Bajo esta situación, la UIF estará en posibilidad de analizar cada una de las pruebas aportadas por el representante de la Universidad para determinar si con ellas, procede o no eliminarlo de la Lista de Personas Bloqueadas, de conformidad con lo previsto en la 72a Disposición de Carácter General a que hace referencia el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito.
La Unidad de Inteligencia Financiera, en todo momento, ha actuado conforme a Derecho, respetando los derechos de las y los trabajadores de la UAEH y de toda la comunidad universitaria, reiteró.