Los proyectos de inversión en infraestructura del gobierno federal no cumplen con la disposiciones legales y con lo dispuesto en la Ley Federal de Austeridad Republicana, que raya en el populismo, enfatizó el sector privado.
El Centro de Estudios Económicos del Sector Privado (CEESP) espcificó que “la ley de austeridad parece más un documento de aspiraciones políticas con el objeto de cambiar prácticas no deseables, denotadas con calificativos imprecisos que se pretende sean ordenamientos jurídicos, como desigualdad social, avaricia y despilfarro de los bienes y recursos nacionales”, enfatizó el sector privado.
Dicha ley establece de manera inequívoca que los proyectos de inversión incluidos en el presupuesto federal deben haber demostrado su rentabilidad social, mediante proceso y metodologías de evaluación contemplados en la misma.
“Esto no se ha cumplido adecuadamente en ocasiones y los principales proyectos de inversión de la administración actual no cumplen con este ordenamiento en el presupuesto aprobado para este año”, advirtió el CEESP.
Además, señaló que es ampliamente conocido que los funcionarios del sector público mexicano a menudo han abusado de sus privilegios, lo que ha implicado gastos públicos excesivos en el pasado.
Consideró que este comportamiento no corresponde a los principios de mesura, discreción y austeridad, que generalmente son observados en gobiernos de países avanzados.
Destacó el CEESP que “en ocasiones los excesos hacen que nuestro país sea más parecido a aquellos más subdesarrollados”.
Indicó que recientemente el Senado de la República aprobó la minuta con proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Austeridad Republicana que antes había sido aprobada previamente por la Cámara de Diputados.
En la ley en cuestión se pierde la oportunidad de fortalecer ordenamientos en leyes existentes, como la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria para modernizar y agilizar la gestión del gasto.
La iniciativa incluye muchas medidas que, si bien pueden ser deseables, son difíciles de precisar y parecen retóricos; por ejemplo, la prohibición de “remodelar oficinas por cuestiones estéticas o comprar mobiliario de lujo” o la del “derroche en energía eléctrica, agua, servicios de telefonía móvil, gasolinas e insumos financiados por el erario”.
En su Artículo 6 especificó que los entes públicos sujetarán su gasto corriente y de capital a los principios establecidos en la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Este punto es sumamente importante para la austeridad en el uso de los recursos públicos, precisamente porque busca evitar despilfarros y la ley de austeridad presenta una valiosa oportunidad para reforzar la disciplina en el cumplimiento de la ley de presupuesto que hasta ahora se está perdiendo.
El Artículo 8 establece de manera laxa que las adquisiciones, arrendamientos y servicios se adjudicarán “por regla general y de manera prioritaria” a través de licitaciones públicas.
“Sería muy conveniente aprovechar la oportunidad de la ley de austeridad para fortalecer los ordenamientos legales existentes a fin de asegurar mejores prácticas, más transparentes y competitivas, en favor de los ciudadanos, en las adquisiciones y contratos públicos y, señaladamente, para reducir el elevado número de asignaciones directas que se han hecho, este año incluido”.
Otro caso de laxitud en el lenguaje de la ley está en la prohibición de la duplicidad de funciones en la administración pública federal.
Esta ley podría establecer algo más explícito. Por ejemplo, obligando a un examen continuo de las reglas de operación y de los padrones de los diversos programas sociales a fin de evitar duplicidades. Dicho examen debería asegurar la probidad y transparencia de los padrones de beneficiarios mediante evaluación.
La iniciativa señala la prohibición de las pensiones para expresidentes de la república que vayan más allá de las provistas por el ISSSTE.
“Esto es, sin más, populista. Un examen rápido indicaría que la (buena) práctica internacional de los países de la OCDE es que los ex jefes de estado reciben una pensión de por vida normalmente equivalente al salario de un ministro o viceministro del gobierno, más otras prestaciones”, enfatizó el CEESP.
Agregó que en el pasado en México se han presentado imprecisiones y fallas administrativas que podrían catalogarse como abusos. Pero ello no invalida la conveniencia de que los exmandatarios reciban una pensión después de su encargo.
Consideró que su justificación es en esencia la misma que la de las pensiones a exministros de la suprema corte, práctica también compartida en múltiples países, y que busca aislar a los jueces de posibles conflictos de interés. Desde cierto punto de vista, el jefe de estado enfrenta ese riesgo en mayor medida.
Finalmente, señaló como inadecuado que los ahorros presupuestarios que se logren se destinarán a los proyectos del Plan Nacional de Desarrollo (PND) o las prioridades presidenciales en lugar de las prioridades nacionales.