Las tasas efectivas publicadas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) no corresponden al desempeño que tienen las empresas, además de que su cálculo es incorrecto al utilizar los ingresos brutos, señaló el sector patronal.
La Asociación Mexicana de Contadores Públicos (AMCP) explicó que la determinación del Impuesto Sobre la Renta (ISR) se fundamenta en los ingresos acumulables, menos las deducciones autorizadas y la utilidad pagada en el ejercicio.
Desde Coparmex consideramos que la ley es muy clara, pues establece que el cobro del Impuesto Sobre la Renta debe hacerse sobre las utilidades o ganancias de las empresas, que es el monto que queda después de descontar, entre otros, el pago de las deducciones, los gastos de inversión y los costos de producción, y no sobre el ingreso bruto.
Coparmex señaló que los márgenes de referencia publicados por el SAT no son obligatorios, advertimos que al tomar como base los ingresos, es probable que se hable de “altas irregularidades” por parte de los grandes contribuyentes, mismos que al no autocorregirse, propiciarán que la autoridad ejerza sus facultades de comprobación por encontrarse debajo de la métrica que el SAT establece.
Además, ante la situación actual que ha traído la contingencia sanitaria, es muy probable que no todas las empresas tengan la misma productividad, por lo que resulta inequitativo que se tomen como referencia estas tasas efectivas para el cálculo de impuestos cuando muchos contribuyentes trabajan para lograr la reactivación económica de sus empresas.