Aranceles, Trump y Corte

Court of International Trade

El Tribunal de Comercio Internacional (Court of International Trade o CIT) de los Estados Unidos es una corte especializada en casos de comercio internacional y aduanas y determinó que Donald Trump excedió su autoridad al imponer aranceles generalizados con una ley llamada International Emergency Economic Powers Act (IEEPA), y ordenó la suspensión de los mismos.

El tribunal decidió que el presidente no puede usar la IEEPA para establecer tarifas comerciales de manera generalizada, ya que eso viola la separación de poderes porque la Constitución de Estados Unidos determina que sólo el Congreso tiene la autoridad para regular el comercio internacional.

La administración de Trump respondió inmediatamente con una apelación ante el U.S. Court of Appeals for the Federal Circuit. En esta instancia no se reevalúan los hechos, sino se discute si la ley fue interpretada y aplicada correctamente, y en ella se puede (1) confirmar el fallo del CIT, (2) revocar el fallo, o (3) devolver el caso al CIT con instrucciones.

Qué pasará?

Si alguna de las partes no está conforme con el fallo del U.S. Court of Appeals for the Federal Circuit, puede presentar una petición de certiorari (“petition for certiorari”) ante la Suprema Corte de los Estados Unidos.

Esta petición es una solicitud formal para que la Corte revise el caso, pero la Suprema Corte no está obligada a aceptarla. De hecho, la Corte tiene total discreción para rechazar la petición y optar por no emitir ninguna decisión ni estudiar el caso.

Cada año, la Suprema Corte recibe miles de peticiones de certiorari, pero solo acepta un pequeño porcentaje de ellas para revisión.

Hay que señalar que la duración de los procesos de apelación, tanto en el U.S. Court of Appeals como en la Suprema Corte, puede variar considerablemente de acuerdo con los factores como la complejidad jurídica del caso, la carga de trabajo del tribunal, y el tiempo requerido para preparar argumentos y deliberaciones, que influyen directamente en el tiempo que toma llegar a una resolución final.

Por ello, no hay un plazo fijo y los procedimientos pueden prolongarse durante varios meses o incluso años.

La IEEPA fue promulgada en 1977 y le otorga al presidente autoridad para tomar medidas económicas en respuesta a amenazas extranjeras durante una emergencia nacional declarada.

Tradicionalmente, esta ley se ha usado para imponer sanciones económicas, o congelar activos de países enemigos o grupos considerados amenazas a la seguridad nacional y su uso para imponer aranceles comerciales generales ha sido objeto de controversia legal.

Te invitamos a escuchar a la economista en jefe de Banco BASE sobre este proceso y su implicación para México, el T-MEC y las actividades económicas.

Miguel Ramirez

Miguel Ramirez

Nacido en la CDMX, egresado de la FCP y S de la UNAM. Inicie en 1992 en periodismo tecnológico y después migré a la parte económica y financiera. Aficionado a la NFL y vaquero de corazón. Otros deportes son el Basquet (Knicks), Tenis; fut de Champions League...