La Asociación Mexicana de Administradoras de Fondos para el Retiro (Amafore) celebra que la decisión judicial de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgue certeza jurídica a los derechos de los menores y los ahorros para la jubilación para cumplir con la pensión alimentaria.
En su comunicación, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) informó que la Primera Sala resolvió que «es posible salvar la constitucionalidad del tercer párrafo del artículo 79 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, al tiempo que se procura el interés superior de las personas menores de edad».
Esto se logra mediante la conciliación entre el interés superior del menor y el derecho que tienen todos los trabajadores a realizar retiros parciales por desempleo antes de llegar a la edad de jubilación.
La resolución establece que cuando el deudor alimentario se encuentre desempleado, y se establezca que no existen otros bienes por los que se pueda satisfacer su obligación respecto a sus hijos menores, se procedería a embargar, en primer lugar, el ahorro voluntario conforme lo establece la ley y en caso de que esto no exista o no sea suficiente, se podría realizar un embargo por el monto correspondiente al retiro por desempleo al que el trabajador tuviera derecho.
Decisión judicial
La primera sala estimó que, si el trabajador puede disponer de una parte de los recursos acumulados en la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez cuando está desempleado —a saber, la cantidad que resulte menor entre 75 días de su propio sueldo básico de los últimos 5 años, o el 10 por ciento del saldo de la propia subcuenta a partir del día natural 46 contado desde el día en que quedó desempleado—, nada impide que, de manera excepcional, dicha subcuenta pueda ser embargada en la misma proporción en que el trabajador desempleado podría disponer voluntariamente de esos recursos, con el fin de garantizar los alimentos de una hija o hijo menor de la persona trabajadora titular de la subcuenta.
La inembargabilidad de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez no es absoluta, pues podrá disponerse de los recursos depositados en ella cuando el trabajador titular de ésta deja de estar sujeto a la relación laboral y, excepcionalmente, mediante orden judicial, cuando el embargo sea para garantizar la pensión alimenticia de una niña, niño o adolescente.
La (Amafore) celebra que esta resolución sea consistente con las leyes del Sistema del Ahorro para el Retiro (SAR) y que se genere un proceso que permita proteger, al mismo tiempo, los intereses de los menores y el derecho a contar con un ahorro para la jubilación.