Los créditos y préstamos de las instituciones financieras tienen beneficios en su pago por la crisis sanitaria del Covid-19, informó la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF).
En materia de créditos y préstamos al consumo, de vivienda y comercial, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) en conjunto con las Instituciones del Sistema Financiero, han establecido los siguientes apoyos de manera temporal.
– El diferimiento parcial o total de pagos de capital y/o intereses hasta por 4 meses, con posibilidad de extenderlo a 2 meses adicionales, respecto a la totalidad del monto exigible incluyendo los accesorios.
– Los saldos se podrán congelar sin cargo de intereses, siempre y cuando el crédito se encuentre clasificado como vigente (no exista atraso en las mensualidades) al 28 de Febrero de 2020.
– Este apoyo podrá aplicar a los créditos a la vivienda con garantía hipotecaria, créditos revolventes y no revolventes dirigidos a personas físicas, tales como: crédito automotriz, créditos personales, crédito de nómina, tarjeta de crédito y microcrédito; así como para los créditos comerciales dirigidos a personas morales o personas físicas con actividad empresarial en sus diferentes modalidades, incluidos los agropecuarios.
En caso de estar interesado en acceder a algún apoyo de este tipo, es importante comunicarse con el para que informe los requisitos a cubrir, ya que pueden variar de banco a banco.
Además, pregunta cómo se estarán aplicando los intereses.
Además, la CNBV está trabajando para emitir criterios contables similares que permitan a las Sociedades Financieras Populares (SOFIPO), Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo (SOCAP) y Uniones de Crédito, ofrecer apoyos parecidos a los usuarios o socios de estas entidades financieras.
En materia de Productos de Seguros, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) en conjunto con la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros, A.C. (AMIS), ha implementado facilidades regulatorias temporales para las Instituciones de Seguros con los siguientes propósitos:
Las Aseguradoras que no contemplaban en sus pólizas o excluían los riesgos derivados del COVID-19 podrán establecerlos en sus productos.
– Las Instituciones de Seguros podrán ampliar los plazos para el pago de primas por parte de los asegurados leales y vulnerables, sin penalización o cancelación de pólizas, en beneficio de los mismos.
– Para los agentes de seguros se extendió el plazo para el refrendo de sus cédulas que los acredita profesionalmente, con el fin de que éstos se concentren en sus tareas de atención al público.
En materia de tu Cuenta Individual de Ahorro para el Retiro, la Comisión Nacional de Ahorro para el Retiro (Consar), emitió medidas temporales y extraordinarias para garantizar algunos servicios importantes para los trabajadores que requerían realizar alguna gestión, hacer un retiro por desempleo o ahorro voluntario, entre otros.
– En materia de operaciones y atención a trabajadores deberá mantenerse en todo momento la operación y registro de los siguientes procesos.
– Recepción e individualización de recursos provenientes de cuotas obrero–patronales y aportaciones voluntarias.
– Para evitar la concentración física, se efectuará primordialmente la prestación de servicios a través de medios no presenciales, mediante dispositivos electrónicos y centros de atención telefónica: teléfono gratuito de SARTEL 55 1328 5000, aplicación AforeMóvil y portal de servicios www.e-sar.com.mx o portales de atención de las propias Afores y de la página de Internet de la CONSAR.
De manera excepcional, se deberá atender en sucursales a trabajadores que cuenten con cita previa, exclusivamente para la realización de trámites esenciales, como: retiros totales, retiros parciales por desempleo y disposición de recursos de ahorro voluntario y aquellos que tienen un impacto directo en los trámites de pensión (registro, corrección de datos, separación y unificación de cuentas), además de los traspasos, los cuales deberán llevarse a cabo cuidando estrictamente las medidas de distanciamiento y prevención; dichas citas podrán reprogramarse con la finalidad de que no exista una alta concentración de personas en las sucursales, módulos y unidades especializadas.
Los retiros por desempleo de los trabajadores cotizantes al IMSS deberán liquidarse en una sola exhibición para evitar que los trabajadores tengan que acudir en múltiples ocasiones a las sucursales, módulos o unidades especializadas.
Las Afore determinarán los horarios de atención de acuerdo a la capacidad de su personal disponible informándolo al público en general para cada sucursal, módulo y unidad especializada; en caso de presentarse un incremento en el tiempo de espera, deberán implementar mensajes que adviertan al usuario dicha situación con la finalidad de evitar desplazamientos innecesarios.
Las medidas tendrán un carácter temporal, y vigencia hasta el día 19 de Abril de 2020, en tanto que la autoridad competente en materia de salud no determine otra fecha.
En materia de los servicios de atención que presta la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), también se emitieron medidas de carácter eventual y extraordinarias a partir del 26 de Marzo y hasta el 17 de Abril, con el propósito de mitigar los efectos asociados a la contingencia derivada del COVID-19.
Se suspendió la atención personal a los usuarios de servicios financieros en las 35 Unidades de Atención de la Comisión hasta el viernes 17 de Abril inclusive.
Los usuarios por la vía remota podrán iniciar trámites y dar seguimiento a los procedimientos que ya están llevando a cabo ante la Comisión.
También se podrá solicitar asesoría, presentar una queja o recibir un servicio a través de los distintos medios que se señalan en su página de Internet