Desde la promulgación de la Constitución en 1917 a la fecha se tienen registrados 256 cambios constitucionales, de los que más de 50 corresponden a cuestiones de orden económico para el desarrollo nacional en materia de energía, banca, regulación laboral, monetaria, entre otros, de acuerdo con la Cámara de Diputados.
Cambios constitucionales
251-. Seguridad privada DECRETO por el que se adiciona una fracción XXIII Bis al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Seguridad Privada. Faculta al Congreso de la Unión para expedir la ley general en materia de seguridad privada.
250.- DECRETO por el que se reforma el artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de partidas secretas. Determina que no podrá haber partidas secretas en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
241.- DECRETO por el que se declara reformado el primer párrafo del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de condonación de impuestos.
Adicionar que en los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidas las condonaciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes.
236.- DECRETO por el que se declara reformado el Artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de prisión preventiva oficiosa. Incorpora al catálogo de delitos en los que el juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente, los casos de abuso o violencia sexual contra menores, feminicidio, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, y delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea.
234.- DECRETO por el que se reforman el artículo 22 y la fracción XXX del artículo 73, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Extinción de Dominio. Establece que la acción de extinción de dominio se ejercitará por el Ministerio Público a través de un procedimiento jurisdiccional de naturaleza civil y autónomo del penal. Prevé que será procedente sobre bienes de carácter patrimonial cuya legítima procedencia no pueda acreditarse y se encuentren relacionados con las investigaciones derivadas de hechos de corrupción, encubrimiento, delitos cometidos por servidores públicos, delincuencia organizada, robo de vehículos, recursos de procedencia ilícita, delitos contra la salud, secuestro, extorsión, trata de personas y delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos. Otorga al Congreso de la Unión la atribución para expedir la legislación sobre extinción de dominio en los términos del artículo 22 de la propia Constitución.
231.- DECRETO por el que se declaran reformadas y adicionadas diversas disposiciones de los artículos 107 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Justicia Laboral. Se suprimen las Juntas de Conciliación y Arbitraje. Se establece que la resolución de las diferencias o los conflictos entre trabajadores y patrones estará a cargo de los tribunales laborales del Poder Judicial de la Federación o de las entidades federativas. Se estipula que antes de acudir a los tribunales laborales, los trabajadores y patrones deberán asistir a la instancia conciliatoria correspondiente. En el orden local, la función conciliatoria estará a cargo de los Centros de Conciliación que se instituyan en las entidades federativas. Y en el orden federal, la función conciliatoria estará a cargo de un organismo descentralizado, al que le corresponderá además, el registro de todos los contratos colectivos de trabajo y las organizaciones sindicales, así como todos los procesos administrativos relacionados. Se precisa que el titular de este organismo descentralizado será designado por la Cámara de Senadores a propuesta del Ejecutivo Federa.
230.- DECRETO por el que se declaran reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, Mejora Regulatoria, Justicia Cívica e Itinerante y Registros Civiles. Faculta al Congreso para expedir: 1) La ley general que establezca los principios y bases en materia de mecanismos alternativos de solución de controversias, con excepción de la materia penal; 2) la ley general que armonice y homologue la organización y el funcionamiento de los registros civiles; 3) la ley general que establezca los principios y bases a los que deberán sujetarse los órdenes de gobierno, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de mejora regulatoria; y, 4) la ley general que establezca los principios y bases a los que deberán sujetarse los órdenes de gobierno, en el ámbito de su respectiva competencia, en materia de justicia cívica e itinerante.
226.- DECRETO por el que se declara reformadas y adicionadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desindexación del salario mínimo. Faculta al Instituto Nacional de Estadística y Geografía para calcular el valor de la Unidad de Medida y Actualización que será utilizada como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas y del Distrito Federal, así como en las disposiciones jurídicas que emanen de todas las anteriores. Establece que el salario mínimo no podrá ser utilizado como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza. Incorpora la obligación del Congreso de la Unión para emitir la legislación reglamentaria que determine el valor de la Unidad de Medida y Actualización.
223.- DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de combate a la corrupción. Crea el Sistema Nacional Anticorrupción. Faculta al Congreso de la Unión para: 1) expedir la ley general que establezca las bases de coordinación del Sistema Nacional Anticorrupción; 2) expedir la ley que instituya el Tribunal Federal de Justicia Administrativa; y 3) expedir la ley general de responsabilidades administrativas de los servidores públicos y las de los particulares vinculados con faltas administrativas graves. Otorga a la Cámara de Diputados la atribución para designar a los titulares de los órganos internos de control de los organismos con autonomía reconocida en la Constitución que ejerzan recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación. Obliga a los servidores públicos a presentar su declaración patrimonial y de intereses.
222.- DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de disciplina financiera de las entidades federativas y los municipios. Incorpora el principio de que el Estado velará por la estabilidad de las finanzas públicas y del sistema financiero para coadyuvar a generar condiciones favorables para el crecimiento económico y el empleo. El Plan Nacional de Desarrollo y los planes estatales y municipales deberán observar dicho principio. Faculta al Congreso de la Unión para expedir leyes en materia de responsabilidad hacendaria que tengan por objeto el manejo sostenible de las finanzas públicas en la Federación, los Estados, Municipios y el Distrito Federal, con base en el principio anterior.
219.- DECRETO por el que se reforma la fracción III del apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Establece que queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de quince años.
213.- DECRETO por el que se adiciona una fracción XXIX-R al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Faculta al Congreso para expedir la ley general que armonice y homologue la organización y el funcionamiento de los registros públicos inmobiliarios y de personas morales de las entidades federativas y los catastros municipales.
212.- DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Energía. Reforma energética. Permite al Estado llevar a cabo las actividades de exploración y extracción del petróleo y demás hidrocarburos mediante asignaciones a empresas productivas del Estado o a través de contratos con éstas o con particulares. También posibilita los contratos con particulares en materia de servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica. Crea el Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo.
208.- DECRETO por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6o., 7o., 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones. Reforma de telecomunicaciones. Establece la Comisión Federal de Competencia Económica y el Instituto Federal de Telecomunicaciones como órganos públicos autónomos.
207.- DECRETO por el que se reforman los párrafos primero y último del artículo 25, así como el párrafo primero y tercero del apartado A del artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Incluye la competitividad económica como elemento del desarrollo nacional.
191.- DECRETO por el que se adiciona un párrafo tercero y se recorre el orden de los párrafos subsecuentes del artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Faculta al Congreso para expedir las leyes que regulen las acciones colectivas.
179.- DECRETO que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Reforma en materia de gasto público. Faculta al Congreso para expedir leyes en materia de contabilidad gubernamental aplicables a los tres niveles de gobierno. Modifica los plazos para la presentación y revisión de la Cuenta Pública. Fortalece las facultades de la Auditoría Superior de la Federación en la materia.
168.- DECRETO por el que se reforma el artículo 73, fracción XXIX-H de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.Otorga a los tribunales de lo contencioso/administrativo la facultad para imponer sanciones a los servidores públicos por responsabilidad administrativa.
166.- DECRETO por el que se declaran reformados los artículos 26 y 73 fracción XXIX-D de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Otorga al INEGI el carácter de órgano constitucional autónomo. Establece las bases del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica. Faculta al Congreso para expedir leyes en materia de información estadística y geográfica.
160.- DECRETO por el que se aprueba el diverso que adiciona una fracción XXIX-L al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Faculta al Congreso para expedir leyes en materia de pesca y acuacultura, estableciendo la concurrencia de los tres niveles de gobierno, así como la participación de los sectores social y privado.
158.- DECRETO por el que se aprueba el diverso mediante el cual se reforma la fracción IV del artículo 74 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos . Modifica las fechas para que el Ejecutivo Federal presente a la Cámara de Diputados la Iniciativa de Ley de Ingresos y el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación.
154.- DECRETO por el que se aprueba el diverso por el que se adiciona una fracción XXIX-K al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Faculta al Congreso para expedir leyes en materia de turismo, estableciendo la concurrencia de los tres niveles de gobierno, así como la participación de los sectores social y privado.
152.- DECRETO por el que se aprueba el diverso por el que se modifica la denominación del Título Cuarto y se adiciona un segundo párrafo al artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Incorpora la figura de responsabilidad patrimonial del Estado, estableciendo el derecho de los particulares a la indemnización correspondiente.
143.- DECRETO por el que se declara la adición de una fracción XXIX-J al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Faculta al Congreso para legislar en materia de deporte, estableciendo la concurrencia de los tres niveles de gobierno, así como la participación de los sectores social y privado.
134.- DECRETO por el que se declara reformado el cuarto párrafo del artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Otorga a la comunicación vía satélite y a los ferrocarriles el carácter de áreas prioritarias para el desarrollo nacional y permite al Estado otorgar concesiones o permisos en estas áreas.
126.- DECRETO por el que se reforman los artículos 28, 73 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Otorga autonomía constitucional al banco central y establece las bases para su conformación y atribuciones. Establece que el titular del banco central será designado por el Ejecutivo Federal con aprobación del Senado o la Comisión Permanente.
120.- DECRETO por el que se reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Propiedad ejidal. Cambia el concepto de «pequeña propiedad agrícola en explotación», por el de «pequeña propiedad rural». Establece bases para facilitar la inversión y nuevas formas de asociación en el campo. Contempla el fraccionamiento de predios que excedan a la pequeña propiedad. Establece tribunales agrarios de plena jurisdicción. Define la pequeña propiedad forestal. Permite la constitución de sociedades mercantiles en el agro. Reconoce la capacidad de los ejidatarios para decidir las formas que deben adoptar y los vínculos que deseen establecer entre ellos para aprovechar su territorio
119.- DECRETO que deroga el párrafo quinto del Artículo 28, modifica y adiciona el inciso a) de la fracción XXXI del apartado A del Artículo 123 y reforma la fracción XIII bis del apartado B del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Suprime la disposición constitucional que establecía que el servicio público de banca y de crédito sería prestado exclusivamente por el Estado y que prohibía el otorgamiento de concesión a particulares en esta materia. Determina que la aplicación de las leyes del trabajo es de competencia exclusiva de las autoridades federales en lo relativo a los servicios de banca y crédito
112.- DECRETO por el que se reforma el párrafo sexto de la fracción IV del Artículo 74 de la Constitución General de la República, para quedar en los términos que se indican.
Propone que “la Cuenta Pública del año anterior deberá ser presentada a la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión dentro de los diez primeros días del mes de junio”, en lugar de ser presentada ante la Comisión Permanente.
110.- DECRETO por el que se reforma la fracción VI del inciso A) del Artículo 123 de la Constitución General de la República, para quedar como se indica.
Otorga a la Comisión Nacional de Salarios Mínimos la función de fijar dichos salarios que deben regir en todo el país
102.- DECRETO que reforma y adiciona los artículos 16, 25, 26, 27, fracciones XIX y XX; 28, 73, fracciones XXIX-D; XXIX-E; y XXIX-F de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Incorpora las bases constitucionales para la rectoría del Estado en la organización de un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional. Define las áreas de interés público reservadas al Estado. Amplía las facultades del Congreso relacionadas con la planeación del desarrollo económico y la inversión.
101.- DECRETO por el que se reforma el Artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Reduce las sanciones que la autoridad administrativa podrá imponer por las infracciones a los reglamentos gubernativos y de policía. El arresto por no pagar la multa se reduce de 15 días a un máximo de 36 horas; y si el infractor fuese jornalero, obrero o trabajador, la multa se limita a un máximo de un día de jornal o salario, en lugar de una semana. Agrega que si se trata de trabajadores no asalariados, la multa no excederá de un día de su ingreso.
097.- DECRETO que modifica el artículo 73 en sus fracciones X y XVIII, y adiciona los artículos 28 y 123, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Establece que el servicio público de banca y crédito será prestado exclusivamente por el Estado y no será objeto de concesión a particulares.
095.- DECRETO por el que se reforma la Fracción VIII del Artículo 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Autoriza a los estados y municipios para contraer obligaciones o empréstitos cuando se destinen a inversiones públicas productivas, conforme a las bases y montos que establezcan las legislaturas locales en la ley y en los respectivos presupuestos.
089.- DECRETO por el que se adiciona un párrafo inicial al Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Reconoce a nivel constitucional que toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil. Establece que para este propósito se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la ley secundaria
088.- DECRETO por el que se reforma a la fracción XXXI, del Apartado «A» del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Actualiza la relación de ramas industriales, empresas y asuntos en los cuales la aplicación de las leyes del trabajo es competencia exclusiva de las autoridades federales
087.- DECRETO por el que se adiciona la fracción XII y se reforma la fracción XIII, ambas del Apartado «A», del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Incorpora la obligación de las empresas de proporcionar a sus trabajadores, capacitación o adiestramiento para el trabajo, con base en los sistemas y procedimientos que determine la ley reglamentaria.
083.- DECRETO por el que se adiciona el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer una zona económica exclusiva situada fuera del mar territorial.
Establece una zona económica exclusiva situada fuera del mar territorial, en la cual la Nación ejerce derechos de soberanía.
080.- DECLARATORIA por la que se adiciona el párrafo sexto y un séptimo párrafo al artículo 27 y se adiciona la fracción X del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Otorga a la Nación el dominio sobre el aprovechamiento de los combustibles nucleares para la generación de energía nuclear y faculta al Congreso para legislar en la materia.
079.- DECRETO que Reforma y Adiciona los Artículos 4o., 5o., 30 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con la Igualdad Jurídica de la Mujer.
Incorpora el principio de que el varón y la mujer son iguales ante la ley. Establece bases constitucionales para permitir igualdad jurídica de las mujeres en materia de ejercicio de profesiones, derechos laborales y seguridad social.
075.- DECRETO por el que se reforma el inciso f) de la fracción XI y se adiciona con el párrafo segundo la fracción XIII, del Apartado B) del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Regula el establecimiento del fondo nacional de la vivienda para los trabajadores del Estado, así como para los miembros en activo del ejército, fuerza aérea y armada
074.- REFORMA a la fracción XII del Apartado A del Artículo 123 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión declara que ha sido aprobada.
Establece las bases para la conformación del fondo nacional de la vivienda para los trabajadores. Considera de utilidad pública la expedición de la ley para la creación del organismo que administre los recursos de dicho fondo.
064.- DECRETO que reforma los artículos 73, 89 y 117 de la Constitución General de la República. uprime la atribución del Congreso para reglamentar el modo cómo deban expedirse las patentes de corso.
060.- DECRETO que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Reforma laboral relativa a: jornada máxima de trabajo nocturno; trabajo de los menores; salarios mínimos; participación en las utilidades de las empresas; arbitraje e indemnización; y ramas del trabajo de competencia exclusiva de las autoridades federales.
058.- DECRETO que reforma el párrafo segundo de la fracción IV del inciso B del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.Precisa, para el caso de los trabajadores al servicio del Estado, que en ningún caso los salarios podrán ser inferiores al mínimo para los trabajadores en general en el Distrito Federal y en las Entidades de la República
057.- DECRETO que declara adicionado el párrafo sexto del Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Determina que corresponde exclusivamente a la Nación, conducir, transformar, distribuir y abastecer energía eléctrica que tenga por objeto la prestación de servicio público. Señala que en esta materia no se otorgarán concesiones a los particulares.
055.- DECRETO que reforma y adiciona el artículo 123 de la Constitución General de la República.
Consagra en la Constitución las reglas, derechos y garantías sociales sobre el trabajo que deben regir entre los Poderes de la Unión, los Gobiernos del Distrito y de los Territorios Federales y sus trabajadores.
054.- DECRETO que reforma los párrafos cuarto, quinto, sexto y séptimo fracción I del artículo 27 y los artículos 42 y 48 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Prohíbe de manera expresa las concesiones y contratos tratándose de petróleo y de los carburos de hidrógeno sólido, líquidos o gaseosos y suprime cualquier concesión o contrato que se haya otorgado sobre esta materia. Declara el dominio directo de la Nación de todos los recursos naturales de la plataforma continental y los zócalos submarinos de las islas. Detalla los elementos territoriales que dependen directamente del Gobierno de la Federación.
050.- DECRETO que adiciona el artículo 131 y reforma el artículo 49 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Establece que el Ejecutivo Federal podrá ser facultado por el Congreso para aumentar, disminuir o suprimir las cuotas de las tarifas de exportación e importación que expida el propio Congreso, y para crear otras; así como para restringir y para prohibir las importaciones, las exportaciones y el tránsito de productos y artículos, cuando el Ejecutivo lo estime urgente, a fin de regular el comercio exterior, la economía del país, la estabilidad de la producción nacional, o con otro propósito en beneficio del país.
048.- DECRETO que adiciona la fracción XXIX del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Otorga al Congreso la facultad para establecer contribuciones especiales sobre producción y consumo de cerveza.
042.- DECRETO por el cual se reforma la fracción VIII del artículo 73 y adiciona la fracción VIII del artículo 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Precisa que los empréstitos que celebre el Ejecutivo, deberán destinarse a la ejecución de obras que directamente produzcan un incremento en los ingresos públicos, salvo aquellos que se realicen con propósitos de regulación monetaria, las operaciones de conversión y los que se contraten durante alguna emergencia
039.- DECRETO que reforma el párrafo V del artículo 27 Constitucional.
Permite al Ejecutivo reglamentar la extracción, utilización y aprovechamiento de aguas del subsuelo y otras aguas propiedad de la Nación
034.- DECRETO que reforma el artículo 73, en su fracción X, y adiciona el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Establece de forma expresa los asuntos y materias que son de la competencia exclusiva de las autoridades federales, en cuanto a la aplicación de las leyes del trabajo
032.- DECRETO que modifica los artículos 73 y 117 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Regula las contribuciones sobre producción y consumo de tabacos labrados
030.- DECRETO que reforma la fracción X del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Establece la competencia de las autoridades federales en la industria eléctrica, en cuanto a la aplicación de las leyes del trabajo.
029.- DECRETO que adiciona el párrafo sexto del artículo 27 constitucional.- (Petróleo).
Adiciona de forma expresa que tratándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos, no se expedirán concesiones y la Ley Reglamentaria respectiva determinará la forma en que la Nación llevará a cabo las explotaciones de esos productos
027.- DECRETO que reforma la fracción XVIII del artículo 123 Constitucional.
Suprime la disposición que excluye del derecho de huelga a los obreros de los establecimientos fabriles militares del gobierno de la República.
024.- DECRETO que reforma la fracción X del artículo 73 constitucional. Otorga al Congreso la facultada para legislar en toda la República sobre industria cinematográfica
022.- DECRETO que reforma el artículo 32 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Estipula como obligatoria la calidad de ciudadano mexicano por nacimiento para desempeñar el cargo de capitán de puerto y todos los servicios de practicaje, así como las funciones de agente aduanal en la República.
017.- DECRETO que reforma la fracción X del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Facultades del Congreso..Faculta al Congreso para legislar sobre energía eléctrica y para fijar el rendimientos de los impuestos que correspondan
013.- DECRETO que reforma la fracción IX del artículo 123 Constitucional. (Salario mínimo). Permite a las juntas centrales de conciliación y arbitraje de los estados, fijar el salario mínimo cuando éste no sea fijado por las comisiones especiales municipales.
011.- DECRETO que reforma la fracción X del artículo 73 de la Constitución General de la República, facultando al Congreso para expedir las leyes del trabajo reglamentarias del artículo 123 de la propia Constitución. Somete a la jurisdicción federal todo lo relativo al trabajo de la industria textil.