La plataformas de Internet plantean al Servicio de Administración Tributaria (SAT) que flexibilice su proceso de registro ante la autoridad tributaria y para las cuestiones de recaudación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) un esquema alternativo a través de los intermediarios financieros.
La gerente de comercio digital de la Asociación Latinoamericana de Internet (ALAI), Sissi de la Peña, manifestó nuevamente su preocupación (hace un año lo hizo con el paquete para 2020) la intención de desconectar a las plataformas que no logren en tiempo y forma cumplir con las disposiciones planteadas para el año fiscal 2021.
El paquete 2021 incluye una sanción -eliminada ya en el paquete 2020- que permite a la autoridad fiscal ordenar a los proveedores de servicios de Internet suspender temporalmente el acceso a los servicios digitales cuando la plataforma o el proveedor de servicios digitales no cumple con las disposiciones fiscales.
«ALAI estima que una medida de la naturaleza del bloqueo temporal puede implicar violaciones significativas al capítulo de Comercio Digital del (T-MEC), toda vez que conlleva a que el consumidor no tenga la capacidad de acceder y usar, a su elección, los servicios y aplicaciones disponibles en Internet. Así, dicha medida implicaría un trato menos favorable a los proveedores de servicios extranjeros, y del principio de libre flujo de datos e información entre los países», dijo De la Peña.
Al respecto, señaló que se afectarían el párrafo cuarto del artículo 19.2 del T-MEC y los Capítulos 14 y 15 al 17 por ser el Comercio Digital una expresión más de Comercio Transfronterizo.
Para salvar esta situación y enfrentar un retroceso en el comercio electrónico y complicaciones con los socios comerciales, propone simplificar y flexibilizar como lo ha hecho Chile.
A la fecha se tienen 35 empresas registradas ante el SAT de México al 7 de septiembre contra 105 registradas en Servicio de Impuestos Internos de Chile -SII- al 12 de Octubre para que todas las empresas puedan registrarse efectivamente ante las autoridades fiscales mexicanas.
«Los miembros de ALAI tienen un fuerte compromiso al cumplimiento de las obligaciones fiscales y están ya cumpliendo con las leyes mexicanas en materia fiscal, Sin embargo, cabe destacar que el proceso implementado por el gobierno mexicano para el registro de las empresas, ha sido el más complejo y laborioso que han experimentado nuestros miembros al menos en la región de América Latina y el Caribe», señaló De la Peña.
En el caso de la recaudación del IVA a las prestaciones de servicios digitales de no residentes existen otros modelos de recaudación de impuestos en la región que han demostrado cierta efectividad.
Por ejemplo, en 2018 el gobierno de Argentina publicó una lista de proveedores de servicios no residentes y exigió a los intermediarios financieros cobrar el IVA en cada transacción. A principios de este año, el gobierno de Ecuador hizo lo mismo. «Si bien estamos de acuerdo en que esta no es una buena experiencia para los consumidores, se sabe que su proceso se puede realizar y no viola ninguna ley», enfatizó.
La responsable de comercio electrónico en la ALAI explicó que las plataformas cumplirán, pero con independencia de ello, una sanción desproporcionada como la propuesta traería consecuencias no deseadas que son perjudiciales para las personas usuarias de los servicios, además incurriría en incumplimientos a obligaciones internacionales y regulación nacional de respeto a los derechos de los usuarios.
«En ALAI consideramos que existen dos componentes que se ven impactados negativamente con esta medida: por un lado, se viola el derecho humano de libertad de expresión -el artículo 6 de la Constitución de México, que garantiza la accesibilidad a la Sociedad de la Información incluyendo Internet, la libertad de información y la libertad de expresión-. Por el otro, la propuesta introduce violaciones al T-MEC y a las disposiciones sobre Neutralidad de la Red del Artículo 145 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, contra el bloqueo y filtrado; y por último, también contradice lo establecido en la Convención Americana sobre Derechos Humanos incluida la Declaración conjunta de Libertad de Expresión en plataformas de Internet emitida por el Relator Especial de ATI de la OEA», destacó De la Peña.
La funcionaria destacó también que durante esta emergencia sanitaria, el ecosistema digital ha representado la oportunidad para que millones de mexicanos pudieran ejercer de forma efectiva sus derechos económicos y sociales al respetar las disposiciones de sana distancia.