Por primera vez en la historia de los tratados de libre comercio de la región, el comercio digital será parte del paquete de normativas para fomentar las transacciones, alianzas y colaboraciones mercantiles entre Estados Unidos, México y Canadá (T-MEC).
El capítulo denominado “Comercio digital”, que forma parte del texto completo del tratado que entra en vigencia el próximo 01 de Julio, propone que los países integrantes cuenten con un marco jurídico adecuado, que promueva la confianza del consumidor y evite barreras innecesarias al comercio digital; permitiendo tanto a emprendedores como a usuarios beneficiarse del desarrollo y el uso de la Tecnología.
El T-MEC reconoce que la tecnología, entre otros beneficios, democratiza la innovación y el comercio internacional: ya no es patrimonio exclusivo de las grandes corporaciones de las principales economías, sino que pequeñas empresas y startups de cualquier rincón del mundo, con buenas ideas, están en capacidad de generar una disrupción de modelos de negocio así como acceder a mercados globales desde su creación.
En el caso puntual de México, las pymes son uno de los principales motores de la economía y responsables al generar más del 60 por ciento del empleo en el país.
La transformación digital opera como un detonante clave para que los emprendedores de nuestro país se liberen de procesos ineficientes, incrementen su productividad, bajen sus costos y se incorporen con mayor participación en la economía formal.
“El capítulo de comercio digital en el T-MEC es uno de los más importantes, ya que nos ofrece un marco normativo para fomentar la innovación y la inclusión de las pymes al comercio internacional. Es una herramienta democratizadora, que abre enormes posibilidades para los emprendedores digitales de México y lleva los beneficios de diversas actividades a sectores de la población excluidos de la participación en la economía.”, señaló Sissi De La Peña, Gerente Regional de Comercio Digital y Gerente para México en la Asociación Latinoamericana de Internet (ALADI).
Dicho capítulo incluye asuntos que en el primer tratado no se contemplaron debido a su fecha de creación en la que muchas plataformas digitales que hoy conocemos aún no existían.
Este capítulo contiene disposiciones que van desde facilitar el libre flujo, informado y seguro de datos y evitar la discriminación de productos digitales, hasta prohibir la localización forzada de servidores, pasando por establecer certeza jurídica a los intermediarios para garantizar el equilibrio de derechos como la libertad de expresión y la propiedad intelectual entre otros.
También se consideran aspectos de ciberseguridad y de protección de datos personales, y se fomenta el uso de datos abiertos como base fundamental para la innovación.
El capítulo es especialmente importante en el contexto actual, pues miles de empresas, especialmente las pequeñas, se han beneficiado del comercio electrónico y han podido sortear la crisis económica derivada de la pandemia por COVID-19.
Con la entrada en vigor del T-MEC el 01 de Julio, México tendrá que atravesar un proceso de armonización legislativa que apuntale el contenido de este tratado para desarrollar un ambiente propicio para la innovación y la creación de un vibrante mercado digital norteamericano.
Con el desarrollo de este capítulo, se abre el comercio internacional a las pymes, pero también a cualquier futuro emprendedor.
México se beneficiará no sólo de la facilitación e impulso al comercio digital y sus beneficios, sino también, de la adopción de mejores prácticas internacionales e intercambio tecnológico que permitirá, en el largo plazo, acortar de manera acelerada las brechas existentes, además de generar bienestar.