La Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y el informa que a partir de este 02 de Abril se encuentra habilitado el modulo de recepción de avisos para la nueva actividad vulnerable sobre los Activos Virtuales, los que se pueden realizar en el portal para sujetos obligados.
La UIF especificó que se encuentran obligados a esta presentación quienes se encuentran reconocidos por el Banco de México (Banxico) en términos de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera en el ofrecimiento habitual y profesional de intercambio de activos virtuales por parte de sujetos distintos a las entidades financieras, que se lleven a cabo a través de plataformas electrónicas, digitales o similares, que administren u operen, facilitando o realizando operaciones de compra o venta de dichos activos propiedad de sus clientes o bien, provean medios para custodiar, almacenar, o transferir activos virtuales distintos a los reconocidos por el banco central. Banco de México.
Explicó que desde el pasado 03 de Febrero del 2020, se debió realizar el trámite de Alta y registro como Actividad Vulnerable ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) mediante el Sistema del Portal de Prevención de Lavado de Dinero.
Las operaciones realizadas desde el 02 de Abril del 20203 se deben presentar Avisos a más tardar el 17 del mes siguiente en el que se realizó el acto u operación a la Unidad de Inteligencia Financiera por conducto del SAT, cuando el monto de la operación sea igual o supere 645 Unidades de Medida y Actualización (UMA), es decir, 56 mil 037.6 pesos o se alcance dicho umbral por virtud de la acumulación de operaciones a que se refiere el penúltimo párrafo del artículo 17 de la LFPIORPI.
La UIF puntualizó que en caso de no realizar operaciones durante el mes a reportar se tiene que presentar un informe en que dicho mes no se llevaron a cabo operaciones que se deban reportar.
El portal cuenta con una instructivo para la presentación de los reportes y los informes en cero.
Las actividades vulnerables que se encuentran obligadas a la presentación de los reportes además de los activos virtuales son el desarrollo inmobiliario, juegos y sorteos; tarjetas de servicios y crédito; tarjetas de prepago y cupones; tarjetas de devolución y recompensas; cheques de viajero; mutuo, préstamo o crédito; blindaje; inmuebles; metales y joyas; obras de arte; vehículos; traslado o custodia de valores; servicios profesionales y donativos.
Cada una de estas actividades tiene un tope exento y al superarlo se debe reportar a la UIF.
Se tiene un universo de 64 mil 648 personas físicas y morales obligadas a presentar reportes porque su actividad se encuentra susceptible al blanqueo de activos.
En el periodo se recibieron un millón 132 mil 784 avisos con información de actividades vulnerables.
La UIF reportó que en el bimestre el principal indicador de preocupación en los reportes de operaciones inusuales o internos fue “operativa no acorde a su edad: persona física joven o con poco tiempo de constitución” con 5 mil 242 operaciones.
Finalmente, informó que se han calificado a 1.3 millones de sujetos reportados, se obtiene que 3.6 por ciento supera una calificación de 7.0 que representa a 47 mil 592 sujetos.